ARCA impuso un cambio clave que afecta a importaciones y
Argentina, Comercio exterior, Mercosur, Uncategorized / diciembre 4, 2025 / EDITOR SIMPLEXLa agencia tributaria publicó en el Boletín Oficial una nueva disposición que modifica el régimen de notificaciones para aduaneros en todo el país.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó una nueva normativa que modifica el régimen de registros para los importadores, exportadores y auxiliares del comercio.
La actualización, publicada este miércoles en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5793/2025, obliga a ciertos actores comerciales a registrarse en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA) para mantener la regularidad de sus obligaciones aduaneras.
Este requisito, ahora imprescindible para la permanencia en los “Registros especiales aduaneros”, ya entró en vigor y se implementará de acuerdo a un cronograma específico a publicar por el ente recaudador nacional en su sitio web oficial.
¿A quiénes afecta la nueva modificación de ARCA?
De acuerdo con el texto oficial de la normativa, la adhesión al SICNEA es obligatoria para todos los importadores y exportadores del país, independientemente de si operan bajo regímenes especiales o bajo la operatoria general.
Además, el requisito de inscripción se exige a:
Auxiliares del comercio y del servicio aduanero
Otros sujetos detallados en el artículo 109 del Código Aduanero. Esto incluye a entidades que emiten garantías aduaneras.
Apoderados de los agentes que deben adherir al régimen.
Abogados que traten casos con el servicio aduanero.
Una vez realizada la adhesión, el inscripto genera su domicilio electrónico SICNEA, la dirección electrónica oficial y obligatoria para recibir todas las comunicaciones y notificaciones de ARCA.
¿Cómo es el proceso para inscribirse en el SICNEA?
Según la normativa, todos los actores obligados a realizar la adhesión deberán hacerlo a través del sitio web oficial (www.afip.gob.ar/sicnea) ingresando con Clave Fiscal.
Además, los sujetos que decidan adherir voluntariamente a pesar de no estar obligados por la normativa podrán hacerlo mediante la aceptación y transmisión electrónica del formulario -disponible en la web oficial- o a través de la adhesión al perfil “Usuarios Particulares del Servicio Aduanero” (UPSA).
¿Qué pasa si un sujeto obligado no se adhiere al SICNEA?
La falta de adhesión al SICNEA para los importadores y exportadores obligados por la ley podría impedir o revocar la capacidad para operar legalmente en el ámbito aduanero.
En caso de no haber realizado la inscripción, la normativa establece un procedimiento para notificar a quiénes deben hacerlo obligatoriamente y cuentan con CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria).
Estos sujetos serán notificados mediante el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). Se les hará saber que deberán constituir domicilio electrónico SICNEA dentro del plazo de 10 días posteriores el primer aviso.
El aviso se realiza bajo apercibimiento del Código Aduanero, es decir, que ante la falta de registro el sujeto pierde la capacidad de elegir el domicilio registrado y se considerará legalmente que este fue constituido en la propia oficina aduanera donde tramita su actuación.
Entradas recientes
- El Gobierno presentó el Súper RIGI para atraer inversiones gigantes en sectores que aún no existen en Argentina
- Argentina exportó 94.000 toneladas de alfalfa en el primer trimestre, un 92% más que en 2025
- Dura advertencia de la industria: «Si la Argentina crece, la recuperación se la llevarán los productos importados»
- El flete internacional cayó 19,5% en abril y abarató el costo logístico de las importaciones
- El Gobierno refuerza la seguridad sobre cadenas logísticas vinculadas a inversiones estratégicas del RIGI
Archivos
- mayo 2026
- abril 2026
- marzo 2026
- febrero 2026
- enero 2026
- diciembre 2025
- noviembre 2025
- octubre 2025
- septiembre 2025
- agosto 2025
- julio 2025
- junio 2025
- mayo 2025
- abril 2025
- marzo 2025
- febrero 2025
- enero 2025
- diciembre 2024
- noviembre 2024
- octubre 2024
- septiembre 2024
- agosto 2024
- julio 2024
- junio 2024
- mayo 2024
- abril 2024
- marzo 2024
- febrero 2024
- enero 2024
- diciembre 2023
- noviembre 2023
- octubre 2023
- mayo 2023
- abril 2023
- marzo 2023
- octubre 2022
- septiembre 2022
- agosto 2022
- julio 2022
- junio 2022
- febrero 2022
- enero 2022
- octubre 2021
- septiembre 2021
- agosto 2021
- julio 2021
- junio 2021
- mayo 2021
- abril 2021
- marzo 2021
- febrero 2021
- enero 2021
- diciembre 2020
- noviembre 2020
- octubre 2020
- septiembre 2020
- agosto 2020
- julio 2020
- mayo 2020
- abril 2020
- marzo 2020
- noviembre 2018